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Girona · Costa Brava

Ascensor para tu comunidad de propietarios en Girona

Te explicamos el proceso completo: votación en junta, tipos de ascensores para edificios, costes y subvenciones disponibles en la provincia de Girona.

Comunidades de propietariosInstaladores verificadosPresupuesto gratuito
Enfoque local · Girona y Costa Brava
Solicitudes revisadas manualmente
Información sobre ayudas y costes
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Instalar un ascensor en una comunidad de propietarios es un proceso que combina aspectos técnicos, legales y económicos. En Girona, hay muchas comunidades con edificios de los años 60-90 que todavía no tienen ascensor y que pueden acogerse a subvenciones de accesibilidad. A continuación explicamos cómo funciona el proceso de principio a fin.

El proceso paso a paso para instalar un ascensor en tu comunidad

01

Recogida de información y presupuesto

Solicita presupuesto a través de Brava Ascensors. Un instalador especializado visita el edificio de forma gratuita y elabora un proyecto técnico con el coste detallado.

02

Aprobación en junta de propietarios

La comunidad convoca junta extraordinaria. Para instalación nueva se requiere el voto favorable de 3/5 de propietarios y cuotas. Si lo solicita un propietario con discapacidad o mayor de 70 años, basta la mayoría simple.

03

Solicitud de subvenciones y financiación

Antes de iniciar las obras, se presenta la solicitud de subvención si la comunidad es elegible. El Pla de Rehabilitació de Catalunya puede cubrir entre el 40% y el 80% del coste.

04

Tramitación de la licencia municipal

El instalador gestiona el proyecto técnico, el visado y la licencia de obras. En edificios del centro de Girona o zonas protegidas puede requerir documentación de patrimonio adicional.

05

Ejecución de la obra y puesta en servicio

La instalación propiamente dicha dura entre 4 y 8 semanas. El instalador gestiona la inscripción en la Conselleria d'Empresa y la puesta en servicio oficial del aparato.

Tipos de ascensores para comunidades de propietarios

Ascensor MRL (sin sala de máquinas)

La solución estándar para edificios nuevos y reformas. Ocupa menos espacio y es energéticamente eficiente. Compatible con edificios de 3 a 10 plantas.

Ascensor sin foso

Ideal para edificios donde no es posible realizar obra en la parte inferior del hueco. Tecnología específica que elimina la necesidad de foso bajo la cabina.

Ascensor hidráulico

Adecuado para edificios bajos (2-4 plantas) con sala de máquinas disponible. Menor coste inicial, pero consumo energético superior a los eléctricos.

Plataforma elevadora vertical

Para edificios donde el espacio no permite un ascensor convencional. Con recorridos cortos y capacidades menores. Solución económica para accesibilidad básica.

Cómo funciona

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Preguntas frecuentes

Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), instalar un ascensor nuevo requiere el voto favorable de 3/5 de los propietarios y cuotas de participación. Sin embargo, si la solicitud la realiza un propietario con discapacidad reconocida o mayor de 70 años, basta con la mayoría simple. En estos casos, además, el coste no puede superar 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes.

El coste de instalación se reparte según el coeficiente de participación de cada propietario, establecido en los estatutos de la comunidad. Los propietarios de plantas bajas también contribuyen, aunque en ocasiones con coeficientes menores si así lo contemplan los estatutos. Si existe subvención, se descuenta del total antes de repartir. La financiación bancaria para comunidades permite repartir el coste restante en cuotas mensuales.

Sí. Los ascensores MRL (machine room less, sin sala de máquinas) y los modelos sin foso son la solución habitual para edificios con espacio limitado. Estos sistemas requieren una obra civil mínima y son compatibles con edificios de 2 a 6 plantas. El instalador determina en la visita técnica gratuita qué solución es viable en tu edificio.

La instalación no es obligatoria de forma genérica, pero la Ley de Propiedad Horizontal obliga a la comunidad a sufragar las obras de accesibilidad cuando lo solicite un propietario con discapacidad o mayor de 70 años. En Catalunya, el Codi d'Accessibilitat también puede establecer obligaciones en determinadas circunstancias. En la práctica, muchas comunidades optan por instalarlo para mejorar la habitabilidad del edificio.

Es necesaria una licencia municipal de obras mayor. El instalador se encarga habitualmente de toda la tramitación: proyecto técnico, visado en el Colegio de Ingenieros, solicitud de licencia en el Ayuntamiento, inscripción en la Administración industrial y puesta en servicio. En edificios del centro histórico de Girona o en zonas protegidas pueden requerirse permisos adicionales de patrimonio.

Sí. El Pla de Rehabilitació de Catalunya y los programas estatales de rehabilitación residencial contemplan ayudas específicas para mejora de accesibilidad en edificios sin ascensor, que pueden cubrir entre el 40% y el 80% del coste. La Diputació de Girona también tiene líneas propias para municipios de la provincia. El instalador puede orientar a la comunidad sobre las convocatorias activas.

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